¿ Qué dice la Constitución Política de Colombia?
Artículo
1: Colombia
es un estado social de derecho, organizado en forma de República Unitaria,
descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en
el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las
personas que la integran y en la prevalencia
del interés general.
Artículo
2: Son
fines esenciales del Estado: servir a la
comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las
decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y
cultural de la nación; defender la independencia nacional, mantener la
integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un
orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas
para proteger a todas las personas
residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos
y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares.
¿ Qué significa esto?
En
Primer lugar, el Estado Social de Derecho en Colombia en cuanto a sus principios debe asegurar la dignidad humana, en la se comprenden
aspectos como la vida, la libertad, la integridad, garnatizado el cumplimiento
de todos estos. Así mismo, deberá asegurar un trabajo digno para cada uno de
sus ciudadanos, además de la prevalencia del interés general sobre el
particular.
Por otra parte, en cuanto a sus fines, el
Estado deberá estar en función de servir
a la comunidad, recubriendo aspectos como la salud y la educación. De igual
manera, deberá facilitar la participación de todos en las desiciones que los
afectan , tanto a nivel económico como político, administrativo y cultural. El
Estado Social de Derecho en Colombia
deberá además, defender la independencia del estado, mantener la
integridad cultural, asegurar la convivencia y un orden justo, teniendo en
cuenta que sus autoridades deberán garantizar el cumplimiento de estos
propósitos.
¿Ésto realmente se cumple?
¡¡Es hora de pasar del papel a la
práctica!!
Referencias :
Constitución Política de Colombia 1991.(2008).Título I: De los principios fundamentales. En Copyright-c- 2008.(E.d). Constitución Política de Colombia 1991
(pp.6).Bogotá, Colombia: Editorial Atenea LTDA.
(pp.6).Bogotá, Colombia: Editorial Atenea LTDA.

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